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Conoce con Volvo los cambios en el carnet por puntos y en los límites de velocidad

Conoce con Volvo los cambios en el carnet por puntos y en los límites de velocidad
Lunes, 14 de diciembre de 2020

El carnet por puntos necesita algunas reformas cada cierto tiempo, así como otros parámetros del código de circulación como pueden ser los límites de velocidad en entorno urbano. El pasado 10 de noviembre, el Consejo de Ministros aprobó una propuesta del Ministerio del Interior para modificar las cuantías de puntos que se han de detraer ante determinados hechos.

Además, se han modificado las velocidades máximas permitidas en ciudad y se han descrito nuevas multas y sanciones que vamos a repasar a continuación. 

La DGT se ha propuesto endurecer las sanciones y aumentar la cuantía de puntos que se retirarán del carnet para las acciones consideradas potencialmente más peligrosas. De esta manera, se aumentan de 3 a 6 los puntos a detraer del carnet por conducir manipulando el móvil, y de 3 a 4 en el caso de no usar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y cualquier otro elemento de protección.

A partir de ahora, será causa de sanción utilizar mal esos elementos de protección, por ejemplo, no llevar el casco abrochado, el cinturón de seguridad mal colocado, o los sistemas de retención infantil mal ajustados.

Otra novedad es la consideración como «infracción grave» del hecho de llevar en el vehículo detectores de radar (no de utilizar, sino solo el hecho llevarlos en el interior del vehículo). La sanción es de 500 euros y se detraerían 3 puntos del carnet de conducir. Será posible recuperar 2 puntos del carnet realizando cursos de conducción segura, y se establece en dos años el plazo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos.

 

El Consejo de Ministros aprobó un real decreto que modifica el Reglamento General de Circulación y también el Reglamento General de Vehículos en materia de tráfico urbano. En él se estipulan los nuevos límites de velocidad en las vías urbanas, que quedarían así:

-En vías con una plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h.

-En vías con un único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h.

-En vías de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite no varía y seguirá siendo de 50 km/h.

Estos cambios tardarán seis meses en entrar en vigor a partir de la publicación en el BOE, para así dar tiempo a los diferentes ayuntamientos para instalar nueva señalización, y también para asegurar que todos los conductores estén debidamente informados de los cambios.

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